Mientras a algunos sólo se les ocurren como reformas estructurales bajar las pensiones, los impuestos y la indemnización por despido, yo he pensado en algo que facilitaría la movilidad y el reajuste del mercado laboral:
La desgravación por alquiler.
La "cultura de la compra" de España se ha visto reforzada por un incentivo fiscal totalmente discriminatorio para el que alquila. Es hora de que la desgravación por compra y alquiler sea la misma.
Así, la gente no tendrá raíces tan profundas (de 30 o 40 años de profundidad, según la hipoteca) en su domicilio y podrá ir allí donde hay empleo. Empresas y trabajadores saldrán ganando.
(Se admiten otras propuestas de reformas estructurales)
Como idea …. pero aparte de la cultura de la propiedad también hay que considerar que tenemos una cultura de creer que nuestro pueblo es el centro del mundo, aunque resulte ser el culo de él, es cierto no obstante que con los años esto ha ido cambiando algo, pero no lo suficiente ni de lejos …. yo personalmente soy de pueblo, es un bonito pueblo, y para algunos será sin duda alguna “el culo del mundo” no se lo puedo reprochar, la verdad, pues resulta que soy un bicho raro, por lo que parece solo por hecho de irme a trabajar con mi reciente esposa en aquel momento a una hora media de mi tierra ¿Cómo si a 150 Km. no pudiere ser también “mi” tierra” al menos de acogida?, luego me volví a mi pueblo/ciudad de al lado a trabajar, y los 5 años me vuelvo a emigrar con mi esposa (la misma) y unos hijos, mira que son ganas….., según mis familiares y vecinos ¿Qué necesidad tienes, no tienes un buen trabajo, no vives cómodamente con la remuneración, no estás en un buena empresa, no tienes un cargo intermedio respetable….?, ¿te vas voluntariamente, es de suponer que te pagarán la leche no?, vamos …….. ¿no tienes casa aquí? …. otra vez la cultura de la propiedad ….sana cultura en mi opinión, pero no válida para todo el mundo ….. en fin …..
ResponderEliminarPor cierto esto no tiene obviamente nada que ver con las emigraciones por necesidades económicas de nuestros conciudadanos de las tierras andaluzas para Madrid o Cataluña, o ahora con la nueva inmigración sudamericana, subsahaariana, del magreb, del sudeste asiático o de países del este.
Hola Xavi, cuanto tiempo.
ResponderEliminarParece que el tema de la propiedad te ha abierto viejas heridas.
Yo tengo casa en propiedad, quizá yo también estoy absorbido por esta falsa cultura 'del todo lo que tengo tiene que ser mio', cuando en realidad la mayoría de cosas que o son del banco o de alguna financiera.
Pues para no meterme en la vorágine del comprar casa al precio que sea, me fui, por un módico precio a la población de al lado, son sólo 20 km. al trabajo, aunque aquí, esa distancia me la han reprochado más de uno, por parecerle excesiva.
Sin embargo ahora en época de crisis, mientras algunos amigos, que por cierto vivian al lado de su trabajo ponen el grito en el cielo al estar pagando una hipoteca altísima y haberse quedado en el paro. Yo, supero la crisis con relativa facilidad, pues a pesar que es cierto que en la asesoría hemos perdido muchos clientes, pues muchas empresas han cerrado; esta situación sigue siendo para mí bastante sostenible.
No me alegro del mal de los demás, pero ahora me alegro de haber actuado correctamente y no 'haber tirado la casa por la ventana'.Por otro lado, con respecto a la entrada de Juan, te comento que desde el 1-1-2008 pueden deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.020 euros anuales.
Mientras que para la vivienda habitual desde el 1-1-2007, el porcentaje general de deducción es el mismo, 10,05%.
(A estos porcentajes de deducción hay que añadirle el propio del tramo autonómico, que será el aprobado por la Comunidad Autónoma o, en su defecto, el 4,95%).
En los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles que el contribuyente destina a vivienda, el rendimiento neto se reduce en un 50%. Desde el 1-1-2007, la reducción es del 100% cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM anual (6.202,80 euros para el año 2008).
En fin parece que fiscalmente, poco a poco la legislación va dándose cuenta de la importancia de estas medidas para beneficiar el alquiler.
Sin embargo aún queda por hacer. La normativa sobre arrendamientos urbanos (Ley 29/94) se ha quedado muy desfasada para los tiempos que corren, es una ley donde se beneficia 'demasiado' al arrendatario y se perjudica 'mucho' arrendador, por lo que muchos de éstos, o simplemente prefieren no alquilar, o si lo hacen, ponen precios cercanos a los que se pagaría si la casa se hubiera adquirido en propiedad y se pagara una cuota de préstamo hipotecario.
en fin,
un saludo a los dos,
josé carlos
Un saludo, “contertuliano”, la opción del alquiler es respetabilísima, sea por convicción o por necesidad, si bien con tipos al 2% y con las facilidades que hasta hace unos 18 meses daban las entidades financieras y la ayuda fiscal, hizo que se apuntase a este “club cultural” mucha gente, que obviamente tenían todo el derecho, pero que algunos fueron más allá de sus posibilidades reales, considerando que sus ingresos seguirían aumentando el en tiempo, que los ingresos extra por horas y “destajos” seguirían de por vida, que los tipos se mantendrían con el diferencial incluido como máximo en el 3,75-4%, ….., y no les soy la responsabilidad solo a los solicitantes, es cuanto menos compartida con los prestamistas, sin embargo si un alquiler son pongamos 800 euros y la compra son 1.000 de cuota, pues tu mismo.
ResponderEliminarEn el tema de los propietarios, y aún dándote la razón en que la legislación es la que es, una forma de minimizar los problemas, no de eliminarlos es pensar que querría yo casero, si fuese inquilino, o sea ser un “buen casero” con detalles como por ejemplo si te llama el inquilino que le ha roto un cristal del comedor o el grifo de la cocina no sé qué le pasa o que el microondas ha “fallecido”, puedes hacer dos cosas, una decirle que se busque un técnico, y otra buscarlo tu arrendador y pagarlo tú también, siendo coherente y pensado que creerías justo si fuere tu hijo/hija el inquilino. Luego a la hora de hacer el contrato no pretender el mejor precio, buscar el tipo de perfil de personas, que no es fácil la verdad, y no importarte mucho si pierdes 50 o 100 euros al mes si el perfil del inquilino parece correcto, en momentos de crisis como ahora no esperes a que el inquilino y a la revisión del IPC para que te solicite una rebaja, sé tú proactivo y ofréceles, conseguirás que se quede en tu casa y si la iniciativa es tuya la rebaja será algo menor, en fin …… ¿esto es garantía?, no garantía no, pero ayuda a tener menos problemas, y no digo que todo el mundo sea mal casero, por favor …., pero como todos los negocios el beneficio deber ser para las dos partes, si gana solo una, es un mal negocio, a medio plazo incluso para el que gana.
Bien, un cordial saludo ….
Hola de nuevo Xavi,
ResponderEliminarComparto tu opinión al respecto,pero de lo que se trata básicamente es de reducir el precio del alquiler, pienso que ese es el primer punto a tratar y uno de los más básicos.
Primero habrá que preguntarse porqué cuando se rompe el microhondas en muchos casos el arrendador no hace ni caso. Parece que no le importa perder al inquilino, por algo será.
Segundo, tú te preguntas que querría el casero si fuera inquilino, sin embargo no veo que te preguntes en ¿Qué pasaría si el inquilino fuera arrendador?, no se, ¿le gustaría quizá que le pagaran la renta a su debido tiempo, sin tener que ir todos los meses detrás del arrendatario rogándole por favor que lo haga ya de una vez?, por ejemplo, si un inquilino no le gusta la vivienda se va y punto. Sin embargo si al arrendador no le gusta el inquilino se lo tiene que tragar 5 años sin que pueda hacer nada por tirarlo. Bueno a no ser que no pague, pero aún así, después de juicios insufribles y gastos en abogados y procuradores tardaría más de un año, y eso si no demuestra que es insolvente y no tiene otra vivienda donde vivir porque si no ya ni te cuento.
Luego están los que además de no pagar, cuando consigues que los deshaucien, te destrozan la casa como venganza, en fin, que mientras no se solucionen los problemas de una ley antigua, no vamos a conseguir incrementar la oferta de alquileres, por lo que el precio de éstas no van a bajar. ¿Cuántos pisos hay cerrados?, habrá que 'motivar' el alquiler de alguna forma.
Tienes toda la razón en que también es necesario que a la vez el inquilino se ponga en la situación del arrendador, y que la ley de arrendamientos urbanos hace aguas por todas partes, sin embargo siempre he pensado que ante una correcta ética en los negocios, es más fácil (digo más fácil, no digo siempre obviamente), que la otra parte responda de forma parecida.
ResponderEliminarY luego lo de los “destrozos” a los “cabroncetes” no los evitas ni ninguna forma, es uno de los defectos de nuestra sociedad.
Lo que indico no es solo una opinión, yo personalmente soy “casero” de una vivienda, y hace años, he tenido cambios de inquilinos, mi familia también tiene unas de viviendas en alquiler, desde hace muchos años, y este sistema respetuoso y el ponerse el lugar del otro, nos ha funcionado en años, con una sola excepción con la cual llegamos a un acuerdo amistoso. Es muy posible que esto no sea extrapolable, que la suerte nos haya acompañado, y que las viviendas estén en localidades medianas en las que más o menos nos conocemos todos, o podemos pedir referencias, porque si a uno no lo conoces, tu vecino o pariente sabe a quién preguntar para saber, lo cual en medianas y grandes capitales es ciertamente complicado, y estos detalles, apra mi altamente importantes, deberían ser potestad de la legislación, no de si conozco a uno u a otro, lo cual es un sistema de “andar por casa”.
Gracias José por la aclaración sobre el cambio de fiscalidad del alquiler. Vamos mejorando algo.
ResponderEliminarAún así, creo que -al igual que para la compra- la desgravación tenía que ser para cualquiera, y no sólo para quien gane menos de 24.000 euros. El alquiler debe ser tratado como una opción igual de válida, no sólo una opción "para pobres que no pueden comprar" que es lo que implícitamente dice la condición de la desgravación.
En cuanto a la cultura de inquilinos y propietarios, estoy con Xavier en que muchas veces pedir menos dinero que la media del mercado y tratar bien al inquilino te asegura estabilidad y seriedad, porque todos salen ganando con el trato.
Legalmente también haría cambios en la duración de los contratos. Mucha gente (propietarios) no alquila porque no sabe si va a necesitar el piso antes de 5 años, y no se puede fijar un contrato por un plazo menor, pues el inquilino puede prorrogarlo unilateralmente hasta cinco años... ¿por qué no fijar un plazo menor si ambas partes están de acuerdo?